Estimados padres:
De acuerdo con la Orden 3765/NULL, de 29 de marzo, la Consejería de Educación y Empleo y la Consejería de Familia y Asuntos Sociales convocan conjuntamente becas cheques guardería para el curso 2012/2013.
Información general de la convocatoria
Solicitantes
Podrán optar a estas becas las familias del alumnado matriculado en el primer ciclo de Educación Infantil para el curso 2012/NULL, en centros privados autorizados por la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid que no estén sostenidos con fondos públicos. Los alumnos solicitantes deberán haber nacido antes del 1 de julio de 2012.
Plazo de presentación
Del 11 de abril al 5 de mayo, ambos inclusive.
Cuantías de las Becas
La cuantía de la beca será de 1.100 euros, a razón de 100 euros mensuales o de 1.760 euros, a razón de 160 euros mensuales.
Abono de las becas
El importe de la becas se hará efectivo mediante la entrega de un medio de pago personalizado por la cuantía total de aquella, según la asistencia previamente justificada por el centro.
Presentación telemática de solicitudes
Para poder presentar la solicitud telemáticamente se requiere disponer de DNI electrónico o de cualquier otro certificado digital reconocido por la Comunidad de Madrid. La presentación telemática de la solicitud permite incorporar por parte de los solicitantes documentación digitalizada. Dicha documentación anexada deberá ser adquirida del documento original, con la suficiente calidad que permita su correcta visualización, debiendo quedar los documentos originales en poder del solicitante que deberá conservarlos, pudiendo ser requeridos por la Consejería de Educación y Empleo.
Se podrá adjuntar a la solicitud telemática ficheros que contengan documentación siempre que sean de extensión doc, pdf, jpg o tif y que el tamaño máximo conjunto de los ficheros no supere los 10 Megabytes.
La presentación telemática de la solicitud se podrá realizar a través del siguiente enlace:
Una vez cumplimentada y enviada la solicitud se recibirá un justificante que acreditará su presentación.
Solicitud física
Los impresos de solicitud para su presentación física se pueden conseguir en las Direcciones de Área Territorial, en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación y Empleo (C/ Gran Vía, 20) o podrán obtenerse y cumplimentarse directamente a través de la página web de la ficha de procedimiento.
Documentación
Tanto en la solicitud física como por internet, si autoriza a la Consejería de Educación y Empleo a que realice las consultas telemáticas con cada organismo público que proceda, no será necesario que aporte los siguientes documentos:
– DNI o NIE
– Título de Familia Numerosa, si está expedido en la Comunidad de Madrid.
– Informe de Vida Laboral, si está dado de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, incluidos los Autónomos.
– Certificado o volante de empadronamiento.
– Certificado de discapacidad, si está expedido por la Comunidad de Madrid.
– Información de la renta del ejercicio 2010.
Por tanto, si autorizan las consultas, en la gran mayoría de los casos no será necesario aportar documentación, ahorrándose tiempo en desplazamientos y esperas para la recopilación de la documentación.
Anexada digitalmente a la solicitud telemática o en fotocopia junto con la solicitud física deberán aportar:
– DNI o NIE de los padres o tutores. El pasaporte únicamente será válido en el caso de extranjeros que carezcan de NIE, deberá estar válidamente expedido y en vigor.
– Libro de Familia completo (es decir, que incluya las hojas en las que figuren los padres y todos los hijos) o documento oficial similar completo.
Además, para obtener puntuación podrán aportar:
– Título de Familia Numerosa.
– Certificado de discapacidad.
– Informe de servicios sociales.
– Documento público que justifique el acogimiento familiar como: contrato administrativo, resolución judicial o del Instituto del Menor y de la Familia
– Dictamen emitido por el Equipo de Atención Temprana de la Consejería de Educación y Empleo en el caso de alumnos con necesidades educativas especiales.
– Certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativo de la renta del ejercicio 2010 con código seguro de verificación (en ningún caso se valorarán fotocopias de la declaración de la renta).
Para justificar la situación laboral podrá aportar:-
– Informe de Vida Laboral expedido a partir del 1 de marzo de 2012 y emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social (previa solicitud telefónica al 901 50 20 50 o a través de la página web www.seg-social.es)
– En el caso de Regímenes Especiales de los Funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y de los Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, deberá aportarse Certificado de Servicios Prestados o de Cuotas expedido por la Unidad de personal a la que se encuentren adscritos, Servicio de Pagaduría u órgano correspondiente.
– En el caso de trabajadores por cuenta propia no obligados a constar dados de alta en la Seguridad Social, deberá aportarse recibo justificativo de abono de la correspondiente mutualidad asimilada al Régimen Especial de Autónomos.
No obstante, si presentó:
– DNI o NIE
– El Libro de familia
– Certificado de discapacidad expedido en otra Comunidad Autónoma.
– Título de Familia Numerosa expedido en otra Comunidad Autónoma
en la convocatoria de estas becas del curso 2008/2009 o posteriores, fueron válidos, no han caducado y no ha sufrido variación posterior, tampoco es necesaria su presentación, debiendo indicarlo en la solicitud.
Firma de la solicitud
La solicitud deberá ser cumplimentada y firmada por el padre y la madre (ambos) o el tutor o tutora del alumno.
Lugar de presentación de las solicitudes
Las solicitudes físicas se presentarán en los registros de las Direcciones de Área Territorial y en el Registro General de la Consejería de Educación y Empleo (Gran Vía, 20).
Pinche aquí para obtener más información
Preguntas más frecuentes en la presentación de solicitudes.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo.