La Comunidad de Madrid aprobó en 2010 el aumento de la desgravación fiscal de los gastos de enseñanza. Y el pasado mes de diciembre han incluido nuevas medidas que incluye también un cambio fiscal, ya que se modifican las deducciones por gasto educativo en el Impuesto de la Renta. Así, se amplía el tramo de edad deducible al segundo ciclo de Educación Infantil, es decir, a partir de los 3 años y hasta los 16. Hasta ahora el tramo deducible estaba fijado entre los 6 y los 16 años.
Estas deducciones, destinadas a familias que llevan a sus hijos a centros públicos, concertados o privados, son en concepto de escolaridad, adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar y enseñanza de idiomas, tanto si se imparte como actividad extraescolar como si tiene el carácter de educación de régimen especial.
La medida supone un importante logro para las familias de los alumnos del Colegio Bristol, ya que la nueva Ley (9/NULL, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público) ha ampliado de forma notable el ámbito de la desgravación para las declaraciones del IRPF 2011 (a presentar en junio de 2012), ya que eleva la cantidad de 10.000 a 30.000 € y ahora ha ampliado el tramo de edad deducible al segundo ciclo de Educación Infantil. Es decir, un matrimonio con un hijo tendrá derecho a la desgravación si su base imponible no excede de 90.000 €. Asimismo, se eleva la cantidad tope a deducir a 900 €, frente a la del año anterior, que era de 500 €.
Como la nueva medida no será de aplicación efectiva hasta la declaración de junio de NULL, las familias de los alumnos del Colegio Bristol que deseen desgravarse estos gastos, deberán conservar desde este momento los justificantes acreditativos del pago de los recibos por escolarización (o certificado expedido por el centro a final de año), de las clases extraescolares de idiomas, los cursos de verano en Irlanda o de las facturas de uniformes escolares.