Se ha publicado la Orden 2502/NULL, de 5 de julio, por la que se resuelve la convocatoria de becas de Educación Infantil para el curso 2017-2018 (BOCM de 14 de julio).
Listas definitivas de beneficiarios, no beneficiarios y excluidos:
Estas listas se podrán consultar en las Direcciones de Área Territorial y en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (C/ Gran Vía, 20).
-Teléfono de Información: 012
-Horario de atención telefónica: de lunes a viernes, de 08,00 a 22,00 horas y sábados, domingos y festivos de 10,00 a 22,00 horas.
CONSULTA INDIVIDUAL DE BENEFICIARIOS, NO BENEFICIARIOS Y EXCLUIDOS
- Los beneficiarios son aquellos alumnos que han obtenido la beca de Educación Infantil.
- Los no beneficiarios son aquellos alumnos que habiendo obtenido 7 puntos tienen una renta familiar per cápita superior a 19.272,77 € (esta renta se determina de manera automática y corresponde al último beneficiario); o bien aquellos alumnos que no han alcanzado la puntuación de 7 puntos; o bien su renta familiar per cápita supera los 25.000 euros establecidos en la orden de convocatoria, cualquiera que haya sido la puntuación total obtenida.
- Los excluidos son aquellas solicitudes que no han subsanado los defectos de la solicitud presentada.
Importe de las becas:
- Aquellos beneficiarios que tengan una renta per cápita superior a 1.811 euros habrán obtenido una beca de 100 euros mensuales.
- Aquellos beneficiarios que tengan una renta per cápita igual o inferior a 1.811 euros, habrán obtenido una beca de 160 euros mensuales.
Abono de las becas:
La Consejería de Educación, Juventud y Deporte procederá al pago de la beca a cada beneficiario mediante la entrega de una tarjeta de coordenadas personalizada que sumará el importe total de la beca. La tarjeta será remitida a los domicilios familiares que se indicaron en la solicitud.
Aquellos beneficiarios que no hayan recibido la tarjeta en el domicilio que figuraba en la solicitud, deben ponerse en contacto con la empresa colaboradora en el teléfono 902-810-979 y solicitar que les envíen un duplicado de tarjeta. En el caso de que hayan cambiado de domicilio, también deberán solicitar un duplicado de la tarjeta.
Procedimiento de Recurso:
Modelo: El modelo de recurso propuesto por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte se podrá obtener a través de esta página web, pulsando en la ficha de procedimiento, en las Direcciones de Área Territorial o en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (C/ Gran Vía, 20).
CONSULTA DE FICHA DE PROCEDIMIENTO
Plazo de presentación: El período de presentación de los recursos de reposición será desde el día 15 de julio al 14 de agosto de NULL, ambos inclusive.
Lugar de presentación: Se presentará en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, Registros de las Direcciones de Área Territorial y resto de lugares recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/NULL, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Direcciones de Área Territorial de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte:
-Dirección de Área Territorial Madrid Capital, C/ Vitruvio nº2, 28006 Madrid.
-Dirección de Área Territorial Madrid Norte, Avda. Valencia s/n, 28700 San Sebastián de los Reyes.
-Dirección de Área Territorial Madrid Sur, C/ Maestro nº 19, 28914 Leganés.
-Dirección de Área Territorial Madrid Este, C/ Alalpardo s/n y Jorge Guillén, s/n, 28806 Alcalá de Henares.
-Dirección de Área Territorial Madrid Oeste, Carretera de la Granja s/n, 28400 Collado Villalba.
Cambios de centro:
En el caso de que un alumno beneficiario de la beca sea matriculado en un centro de titularidad privada distinto del que figuraba en la resolución de la convocatoria o se cambia de centro a lo largo del curso escolar, se deberá, de modo inmediato, poner en conocimiento del nuevo centro donde se haya matriculado el hecho de ser beneficiario de la beca de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid. Esta comunicación deberá realizarse siempre antes del día 20 del mes anterior al que se efectúe el cambio, al objeto de que el centro antiguo no justifique la matriculación del mes siguiente.
El nuevo centro emitirá el certificado de cambio de centro, de acuerdo con el modelo establecido.
El certificado se enviará, preferentemente, por correo electrónico a la dirección becas.infantil@madrid.org, o por fax al número 91 720 04 71, o excepcionalmente, por correo ordinario a la Subdirección General de Becas y Ayudas, C/ Alcalá, 30-32, 6ª planta, 28014 Madrid.
Procedimiento de Renuncia:
Modelo: El modelo de renuncia propuesto por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte se podrá obtener en el enlace a la FICHA DE PROCEDIMIENTO, en las Direcciones de Área Territorial o en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (C/ Gran Vía, 20).
Procedimiento: Si una vez obtenida la beca para el primer ciclo de Educación Infantil, deciden por cualquier circunstancia renunciar a dicha beca, deberán cumplimentar el modelo de renuncia, según se indica en el párrafo anterior, y una vez firmado por los padres, graparán la tarjeta en el lugar marcado en el modelo de renuncia.
Lugar de presentación: Se presentará en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, registros de las Direcciones de Área Territorial y resto de lugares recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/NULL, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Importante: No se expedirán certificados de no haber cobrado la beca a aquellos beneficiarios que no hicieron uso de ella, si no consta en la Subdirección General de Becas y Ayudas la renuncia realizada conforme al procedimiento establecido.
Normativa:
-Orden 576/NULL, de 28 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte y la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de becas para la escolarización en centros de titularidad privada en el primer ciclo de Educación Infantil para el curso 2017-2018.
-Orden 2502/NULL, de 5 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte por la que se resuelve la convocatoria de para la concesión de becas para la escolarización en centros de titularidad privada en el primer ciclo de Educación Infantil para el curso 2017-2018.