Solicitud de plaza curso 24/25
Entrevista y prueba de acceso
En Colegio Bristol nos adaptamos a las circunstancias actuales, también en el proceso de matriculación de nuevos alumnos. Para ello, ofrecemos una alternativa online al proceso de entrevista y admisión a través de videoconferencia para todas las familias interesadas.
Solicite una entrevista informativa en llamando al 91 742 86 87.
También puede rellenar el siguiente formulario solicitando información.
MATRÍCULA
Los alumnos de Primaria, ESO y Bachillerato deben acudir con sus notas de los 2 últimos años y realizar una entrevista personal.
Una vez superada la entrevista y la prueba de acceso, el Centro se pondrá en contacto con el interesado.
Si la decisión ha sido favorable deberán formalizar la inscripción. Cumplimentar y entregar en el Centro:
DOCUMENTACIÓN
- Formulario de inscripción debidamente cumplimentado.
- Documento de protección de datos cumplimentado y firmado.
- Una fotografía tamaño carné, con el nombre y apellidos escritos en el dorso.
- Fotocopia del libro de familia o Certificado Registral.
- Fotocopia DNI/NIE de ambos progenitores.
- Certificado de Traslado del Centro Educativo anterior.
- Fotocopia del DNI o NIE del alumno a partir de 3º de ESO.
- Nº de la Seguridad Social para alumnos a partir de 4º ESO.
- Últimas calificaciones.
- Primer pago del curso académico.
FORMAS DE PAGO
- Talón
- En efectivo
- Transferencia a favor de COLEGIO BRISTOL, a la cuenta IBAN ES81 0182-4000-61-02-00099378 (Banco BBVA), indicando expresamente el nombre y apellidos del solicitante y la palabra “PRIMER PAGO».
ALUMNOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y ESO:
Certificado de Traslado que deben solicitar en el centro de procedencia una vez hayan finalizado el curso.
ALUMNOS 1º BACHILLERATO:
Fotocopia del historial de ESO donde aparezca la propuesta del Título de Graduado en ESO, con el original para su compulsa o certificado académico del centro de procedencia donde se haga constar que ha sido propuesto para la obtención del Título de ESO.
ALUMNOS 2º BACHILLERATO:
Certificado del centro de procedencia en el que se haga constar los estudios cursados.
ALUMNOS PROCEDENTES DEL EXTRANJERO:
1º Ed. Primaria a 3º ESO: Certificado de notas del centro de procedencia.
4º ESO y Bachillerato: Homologación.
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Si realiza el pago mediante transferencia, debe entregar el comprobante de la operación con el resto de la documentación. Para cualquier duda o consulta respecto a este proceso, no dude en contactar con nosotros.
Colegio Bristol, con el fin de facilitar el acceso a los estudios, ofrece a sus alumnos las siguientes ayudas:
Descuentos especiales a las familias con dos o más hijos matriculados:
- Escolarización
- Compra de libros en el centro.
- Actividades extra-escolares.
Solicitud de becas y ayudas al estudio convocadas por la Comunidad de Madrid:
- Becas C. Madrid de escolarización para alumnos de Ed. Infantil. Ver bases
Estas becas convocadas por la Comunidad de Madrid se pueden solicitar directamente en la Comunidad de Madrid usando las bases de las becas que cada año se publican en internet.
Ayudas que algunas empresas ofrecen a sus empleados para gastos de escolarización.
- Sodexo
- Edenred
- Cheque Gourmet
- Cooperación con embajadas.
- Precios especiales para empleados de empresas con convenio de colaboración.
Desgravación por gastos educativos en la Comunidad de Madrid
En la ley 8/2012 del 28 de diciembre del Boletín Oficial del Estado se publican las bases de deducción con las cantidades satisfechas por los conceptos de:
Escolaridad
Adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar
Enseñanza de idiomas, tanto si ésta se imparte como actividad extraescolar como si tiene el carácter de educación de régimen especial.
Se aplica a las cuotas por escolaridad y uniformes de los alumnos en las etapas correspondientes a segundo ciclo de Educación Infantil y a la Educación Básica Obligatoria, es decir, de Primaria y ESO, quedando fuera de la deducción los alumnos de primer ciclo de Educación Infantil y Bachillerato. Dicha base de deducción se minorará en el importe de las becas y ayudas obtenidas de la Comunidad de Madrid o de cualquier otra Administración Pública que cubran todos o parte de los gastos citados.
Los porcentajes de deducción aplicables serán los siguientes:
15 % de los gastos de escolaridad
10 % de los gastos de enseñanza de idiomas
5 % de los gastos de adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar
La cantidad a deducir no excederá de 400 euros por cada uno de los hijos o descendientes que generen el derecho a la deducción. En el caso de que el contribuyente tuviese derecho a practicar deducción por gastos de escolaridad, el límite anterior se elevará a 900 euros por cada uno de los hijos o descendientes.
Sólo tendrán derecho a la aplicación de la deducción aquellos contribuyentes cuya base imponible (suma de la base imponible general y la del ahorro), junto con la correspondiente al resto de miembros de su unidad familiar, no supere la cantidad en euros correspondiente a multiplicar por 30.000 el número de miembros de dicha unidad familiar (ejemplo: en un matrimonio con un hijo su base imponible no puede exceder de 90.000 €).
Sólo tendrán derecho a practicar la deducción los padres o ascendientes que convivan con sus hijos o descendientes escolarizados. Cuando un hijo o descendiente conviva con ambos padres o ascendientes el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos, en caso de que optaran por tributación individual.